En Que Casos El Seguro No Cubre Argentina?

En Que Casos El Seguro No Cubre Argentina
Preguntas y respuestas – Hola buenos días hace unos días tuve un accidente de tránsito. IVA transitando por una avenida y sale un vehículo de mi derecha, se me atravesó enfrente de una y no me dió tiempo ni a frenar. Me pueden negar el seguro De acuerdo con la ley, el seguro tiene obligación de responder ante los daños ocasionados.

Cuando contrata una póliza de seguros, es recomendable leer el contrato, para saber qué cubre y qué excluye si protección. En su caso, en particular, la compañía de la persona que ocasiona el accidente, debe responder por el infortunio.

Que pasa cuando al asegurado le roban el vehículo ya sea de forma violenta o no, y los delincuentes protagonizan un accidente y en el mejor de los casos sea daño material solamente y en el peor víctimas fatales. que hace la aseguradora en esos casos. ? Según la ley, el responsable de los accidentes siempre será el titular el vehículo, por más que lo conduzca otra persona.

Ahora bien, de acuerdo a la póliza contratada, el seguro cubrirá parte o el total del robo del automóvil. Cada aseguradora posee una cláusula en sus contratos con condiciones especiales como las que plantea.

Buenas tardes, el sábado choque con otro auto. El venía de derecha a izq por ende entiendo que tenía paso prioritario y yo lo embisto de costado y con mí trompa. Solo por esta regla ya pierdo la oportunidad de que me indemnize el seguro de esta persona?. Por qué consulte con un abogado y me dijo que “no me van a pagar los de la otra compañía que perdí” por qué el tenía el paso y yo lo embesti con mí trompa.

Muchas gracias Si el otro vehículo tenía paso prioritario y usted lo embiste, la empresa aseguradora que debe responder por los daños de la otra persona es la de usted. Dependiendo de la póliza contratada, la compañía responderá o no con las pérdidas de su vehículo.

Una de las exclusiones de protección que plantean los seguros es la de cometer una infracción de tránsito. Tuve un siniestro me chocaron de atrás el conductor tiene seguro como carnet de conducir pero yo no tengo carnet ni seguro. El seguro del otro vehículo debería cubrir igualmente los daños ocasionados de su cliente sobre mi vehículo.

? Sí. La empresa de seguros de la persona infractora debe hacerse cargo de los daños ocasionados, ya que el conductor cuenta con la documentación al día. Usted puede recibir una infracción por circular sin los documentos habilitantes, e incluso puede recibir una negativa de pago por parte de la compañía.

Si un vehículo frena de golpe, producto de que haya chocado de atrás a otro y yo lo choco, que seguro me debe pagar a mí? Mí seguro o el de el? Aclaro q yo tengo un seguro contra terceros completo. En estos casos, donde suceden choques en cadena, la empresa aseguradora que debe hacerse cargo de los daños es la del vehículo infractor que ocasiona todo el infortunio.

Según el servicio contratado a la compañía de seguro, será el grado de cobertura que brinde la misma, teniendo que cubrir el resto, la persona culpable. Si choque contra un árbol, me cubre? Depende del plan de cobertura contratado.

Si chocaste contra un árbol, la empresa aseguradora cubrirá los daños pactados en su póliza. Dependiendo de la situación en que se haya ocasionado el siniestro, es que la compañía responderá por las pérdidas sufridas. Por lo general, un seguro contra todo riesgo prémium, brindan protección en casos como estos.

  1. TENGO SEGURO DE COBERTURA TOTAL Y QUIERO TENER COBERTURA PARA REMIX ¿ ES UN TIPO DE SEGURO DIFERENTE O AL QUE TENGO LE PUEDO SOLICITAR EL COMPLEMENTO PARA QUE SIRVA PARA REMIX Efectivamente;
  2. Si posee seguro con cobertura total y necesita que le brinde protección, porque su automóvil trabaja como remis, debe informar el cambio a la empresa aseguradora;

Ya que, no tendrá validez su póliza si utiliza el vehículo con un fin distinto al declarado. Existen planes específicos para tal fin. Si me roban el auto y no tengo vtv es obligatorio me pidan el auto se encuentre al día y con vtv ? Si le roban el auto y no posee la verificación técnica vehicular, la empresa aseguradora lo cubrirá.

Ya que no está dentro de las exclusiones de las compañías de seguro, tener VTV al día. No es obligatorio que se la soliciten, porque, por lo general, cuando asegura su vehículo, la entidad no le solicita dicha pericia.

Buenas tardes. ¿Si mi vehículo tiene denuncia de venta, y me choca otro vehículo desde atrás, estando yo parado en un semáforo, su seguro debe hacerse cargo de los daños? ¿o puede poner como excusa que al tener denuncia de venta hace más de 30 días, el vehículo tenía prohibición de circular, y por ende negarse a solventar los daños causados por su asegurado? -Adrián- Si su vehículo tiene denuncia de venta y después de los 30 días, no efectuó la transferencia, no tiene permiso de circular.

  1. Por tal motivo, las empresas aseguradoras están exentas de cubrir los daños ocasionados;
  2. Ya que la cobertura queda sin efecto en caso de circular sin la documentación pertinente;
  3. Si no tenes grabado de partes tampoco te cubre el seguro? La empresa aseguradora cubre en caso de que no poseas el grabado de las autopartes;

El grabado de autopartes es necesario para poseer un automóvil legítimo. El seguro responderá sobre los componentes declarados de acuerdo a las pericias de sus inspectores y a las cédulas presentadas al momento de contratar el servicio. en caso de dar mal el año de la moto asegurado con robo, si me roban la moto, lo mismo me cubre.

  • ? por mas que este declarado mal el año de la moto;
  • por ej asenté que era año 2010 y me doy con que era año 2012;
  • En caso de dar mal el año de tu moto, la empresa aseguradora cubrirá los daños ocasionados o recibidos;

Pero, si es en caso de robo, por ejemplo, tasarán el vehículo con la fecha declarada y no con la que corresponde. Deberías contactarte con tu compañía de seguros y solicitar el cambio de fecha. mi seguro me cubre ante patentes impagas o multas ? es por robo El Seguro debería cubrir ante un robo, por más que no tengas las patentes y/o multas pagas.

Ya que dicha condición no figura entre las exclusiones de cobertura en las empresas aseguradoras. La cobertura de las compañías caduca o queda sin efecto en el caso de que no abones tu póliza. Te consulto.

Me chocaron y yo no tengo la vtv, al momento de asegurar tampoco me la pidieron. Puedo a llegar a tener algun inconveniente? No. No deberías tener inconvenientes. Si te chocaron y no posees la VTV al día, no interfiere con el seguro. No poseer la verificación técnica vehicular no es motivo para que la empresa aseguradora no cubra los daños ocasionados o recibidos, ya que no forma parte de las exclusiones de su cobertura.

  1. Si debo patentes me cubre el seguro? Sí, el seguro del automotor cubre los daños efectuados o recibidos, si posees deudas de patente o municipal;
  2. Ya que son impuestos diferentes y no interfieren en la cobertura del mismo;

La aseguradora no se hará cargo de los daños recibidos u ocasionados si no tiene al día la póliza contratada. es cierto que el seguro no te cubre si el domicilio declarado en el DNI no coincide con el declarado en la licencia de conducir ? Efectivamente.

  1. De acuerdo con las leyes de los seguros de automotores, el domicilio que figura en tu DNI debe coincidir con el de la licencia de conducir, para que la aseguradora pueda cubrir los daños;
  2. De hecho, debes informar al registro de la propiedad del automotor cada cambio de dirección que hagas;

Ayer me robaron el auto y tengo seguro contra robo pero no tengo la vtv echa la aseguradora debe de pagarme igual ? Sí. Si le robaron el automóvil y no tiene VTV al día, la empresa aseguradora repondrá el robo, siempre y cuando usted tenga la póliza al día y el servicio contratado, especifique dicha cobertura.

Las compañías aseguradoras no son entes rectores, ni están habilitados para elevar multas por falta de pago de alguna multa, factura o VTV. Es un servicio que se rige por un contrato, el cual acuerdan con el cliente.

Me chocaron de atras y se dieron a la fuga. Mi seguro me cubrira los gastos? Sí. El seguro cubrirá los daños. Para ello debe hacer la denuncia a su compañía de seguros, antes de las 72 horas de ocurrido el accidente. Los trámites se agilizarían si usted, puede aportar la denuncia policial correspondiente y, en caso de que haya podido verlo, el número de patente del vehículo infractor.

En una calle de doble sentido, si el conductor gira para ingresar a un garage que se encuentra en la otra mano y se produce un siniestro está cubierto por el seguro ? Sí. El seguro cubrirá los daños. Algunas de las razones por las cuales la compañía asegura no brindará cobertura son: no tener la póliza al día, conducir con exceso de velocidad, conducir sin la documentación habilitante correspondiente, conducir bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes, usar el vehículo con un fin distinto al declarado.

Me robaron el coche en ingeniero budge, lomas de zamora buenos aires. el srguro me cubre contra robo. pero al ser una calle sin asfaltar pueden usarlo como pretexto para no pagar, Si a usted le robaron el automóvil, tiene la póliza al día y el servicio contratado brinda cobertura contra robo total o parcial, la compañía aseguradora debe hacerse cargo de la pérdida.

En este caso, la empresa dispondrá de peritos especializados para determinar los hechos y confirmar la devolución del vehículo. Me robaron la moto Y no llegue a mandar la inspección al seguro , pero el seguro me siguió cobrando sin yo haber mandado la inspección , en ese caso me cubre ? Siempre que contrates un servicio de seguro para tu vehículo, la compañía aseguradora debe entregarte el contrato y la póliza contratada.

Esos papales debes llevarlos contigo. Si tienes toda la documentación en orden, y dependiendo de la cobertura que hayas contratado, puedes reclamar al seguro por el robo de tu moto. Hola buen día si tuve un accidente de transito con una moto haciendo una mala maniobra , por ejemplo girar en u , si haber daños importantes y con lesiones mínimas el seguro debe cubrirme ? Si tuviste un accidente de tránsito con una moto, haciendo una mala maniobra, el seguro cubrirá a la persona afectada por sus daños físicos y/o materiales.

  • De acuerdo a la cobertura con la que cuentes, la empresa aseguradora correrá con los gastos de los daños ocasionados a tu vehículo;
  • En caso de que no tengas la póliza al día y/o hayas cometido la infracción con exceso de velocidad o con alcohol en sangre;
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Si el auto está en sucesión , y me chocan, corresponde que el seguro del que me chocó me pague? Soy la esposa del titular fallecido, la damnificada, agradecería su respuesta En caso de que el automóvil esté en trámite de sucesión, la empresa aseguradora no se hará cargo de los daños hasta que dicha diligencia sea efectiva.

  1. Si el responsable del accidente de tránsito, es otra persona, el responsable de cubrir todos los gastos de los inconvenientes ocasionados, será dicho individuo o el seguro del mismo;
  2. Que pasa si soy el responsable del choque y no denuncié en mí seguro dentro de las 72 horas? Estando al día con el seguro, pueden eximirse de toda responsabilidad? Si usted es el que ocasionó un choque y no notificó debidamente a su empresa aseguradora, el responsable de todos los daños ocurridos durante el accidente, es usted;

En caso de informar al seguro de lo sucedido, el mismo responderá por los daños, siempre y cuando estén dentro de la cobertura contratada. Se me daño una manguera del intercooler del turbo de mi auto. La avería se produjo al estar viajando en la ruta y luego de haber circulado en unos tramos en mal estado.

El turbo del auto funcionaba optimamente km antes de transitar la mencionada zona en mal estado. Si bien no es un accidente, y la zona dañada es rara, corresponde al seguro la cobertura de la reparacion ? Cuento con seguro contra todo riesgo.

Por lo general, una cobertura de seguro contra todo riesgo, no cubre averías ocasionadas en tu vehículo, siendo propias del mismo. Las empresas aseguradoras cubren ante eventualidades como accidentes, robos y/o hurtos. En el contrato de tu póliza, figura en detalle qué extensión tiene el servicio contratado y en qué situaciones no brinda protección.

  • Hola buenos dias, Hace un mes, tuve un pequeño siniestro, al salir de un boliche un adolescente alcoholizado, al yo tener paso (señalado por la policia) paso con el auto y cruza sin verme lo cual le piso el pie;

Ahora (despues de un mes) me pide mis datos del seguro para que le paguen los dias sin trabajar por el golpe en su pie. Que debo hacer? En este caso, usted debe informar del hecho a la empresa aseguradora. Luego, facilitar los datos de su seguro a la persona afectada que se los solicita.

  1. Los peritos del seguro evaluarán la situación y decidirán si le dan cobertura o no;
  2. En este caso, usted no deberá responder por el infortunio de los hechos;
  3. Hola quería saber si en caso de un choque provocado por delincuentes que circulaban en un auto robado,el seguro de ese auto cubre los daños producidos o nadie se hace responsable , muchas gracias En los daños ocasionados durante un choque con un auto robado, el responsable, siempre va a ser el propietario del vehículo en cuestión;

Ahora bien, si el dueño del vehículo, tiene contratada una póliza que brinde cobertura ante dicha situación, la empresa aseguradora se hará cargo de los daños ocasionados. si me chocan y el responsable se escapa sin dejar los datos del seguro, ni ningún contacto, sin tener forma de encontrar al responsable del siniestro el seguro mi se hace responsable del arreglo ? Efectivamente.

  • En este caso en el que el infractor se da a la fuga, luego de un siniestro, el seguro contratado cubrirá los daños;
  • Recuerde, que dentro de la póliza contratada, figura la extensión de la cobertura con la que cuenta el usuario del servicio;

Debe ver en su contrato, si la franquicia contratada, protege en dichas situaciones. Tengo la rto vencida y mi hijo choco de atrás a otro auto, me cubre el seguro? Sí. El seguro te cubrirá por más que tengas multas. La empresa aseguradora cubrirá lo pactado en la franquicia contratada para tu moto.

De acuerdo al servicio contratado, la entidad cubrirá robo, hurto u otro inconveniente ocasionado. Para ello debes tener la cuota del seguro al día, ya que, sin abonar la prima, la protección caduca automáticamente.

Si me roban la moto y tengo multas, me cubre el seguro? Si usted tiene abonado la cuota del seguro al día y la documentación correspondiente para circular, la empresa aseguradora cubrirá los daños pactados en la franquicia contratada. En caso contrario, el propietario del automotor, deberá correr con todos los gastos del accidente que se ocasionó, ya que, el seguro no se hará cargo.

  1. Hola! Choque hoy con un auto de un plan, la cuota vencía el 10/11 y no la abone, el seguro es del plan de ahorros, iba a pagarla el martes próximo;
  2. Tengo todo al día;
  3. Estaría cubierta??? Gracias! Si usted tiene abonado la cuota del seguro al día y la documentación correspondiente para circular, la empresa aseguradora cubrirá los daños pactados en la franquicia contratada;

En caso contrario, el propietario del automotor, deberá correr con todos los gastos del accidente que se ocasionó, ya que, el seguro no se hará cargo. Si el choque es de contra mano pero tengo seguro contra todo riesgo me cubre? Si las calles están señalizadas y usted circula en contramano, la empresa aseguradora se negará a pagar.

  • Deberá verificar dentro del contrato de la póliza, si su cobertura contra todo riesgo protege contra dicha situación;
  • En los contratos figuran las cláusulas por las cuales el seguro no responderá si sucede un accidente;

Aseguré el auto pero aún no lo realizo la transferencia en caso de sinisetro (terceros daños o robo) el seguro lo cubre igual ? O al no ser titular hay exclusiones ? La cobertura de un seguro se hace efectiva en el momento de que el propietario del vehículo cuenta con toda la documentación al día.

  1. En este caso, en el que usted ya aseguró el vehículo, sin terminar el trámite de transferencia, deberá informar a la empresa aseguradora o al productor de seguro, para que extiendan un plazo especial de cobertura;

De otra manera, quedará excluido de la misma. Tengo una moto a mi nombre. Si en el momento de un siniestro la manejaba mi hijo, el seguro lo cubre? El seguro cubrirá a otro conductor, siempre y cuando, ese conductor esté habilitado para conducir el vehículo.

Es decir, debe contar con la tarjeta azul. En caso de que no cuente con la documentación correspondiente, la empresa aseguradora no se hará cargo de los daños ocasionados durante un accidente, debiendo responder el/la propietario/a de la moto.

Si me robaron. y me entrega la policia el coche cuando lo encuentra y a este le falta los cinturones bateria vidrios roto y choque el seguro contra todo cubre todo los daño? En este caso, en que el personal policial encuentra el vehículo, la empresa aseguradora responderá por los daños ocasionados.

Para ello, en la póliza contratada debes verificar cuáles son los daños que cubre la franquicia que contrataste. Dependiendo de la cobertura acordada, es sobre lo que brindará cobertura el seguro. Pase por un pozo, se salio la rueda y rompio una reja y ventanal el seguro me cubre? En este caso, en el que se salió la rueda de tu moto.

La empresa aseguradora cubrirá los daños ocasionados a terceros, si es que cuentas con la póliza contra responsabilidad civil al día, pero no cubrirá el daño a vehículo, ni las lesiones que hayas tenido durante este desafortunado episodio de tránsito.

Si Mi auto tiene deudas de patente o infracciones o multas, en caso de siniestro, me paga el seguro? Si tienes deudas de patente o infracciones de tránsito, no influye en la cobertura de tu seguro. La empresa aseguradora no te protegerá cuando adeudes las cuotas de la misma, conduzca con exceso de velocidad, no poseas la documentación correspondiente de tu vehículo, conduzcas bajo el efecto del alcohol y/0 estupefacientes.

Si el auto está en sucesión, lo cubre el seguro ante un accidente? No. La empresa aseguradora no cubrirá los daños por accidente durante un vehículo que se encuentre con trámites de sucesión. El seguro cubrirá los costos de los daños ocasionados durante un siniestro, una vez la sucesión haya sido efectiva.

  1. Para poder contar con la cobertura es necesario que la diligencia haya sido efectiva;
  2. Me chocaron de atras y el conductor estaba con alcohol en sangre;
  3. el seguro de el me responde ?? Y no tenia carnet de conducir;

el auto esta a nombre del padre No. El seguro no va a responder por los daños ocasionados. Dentro de los motivos por los que las aseguradoras no cubren los agravios efectuados figuran: conducir bajo los efectos del alcohol y/o estupefacientes, circular sin la documentación correspondiente, conducir a exceso de velocidad, no abonar las cuotas, entre otros.

  1. El seguro paga cuando chocó al pasar en semáforo en rojo El seguro cubrirá el choque cuando pasa un semáforo en rojo;
  2. Algunas de las situaciones donde la aseguradora no cubrirá los daños son: no haber abonado el mes, conducir bajo el efecto de alcohol o estupefacientes, conducir sin la documentación necesaria, conducir a exceso de velocidad, circular en contra mano, usar el vehículo para fines diferentes a los especificados, transportar más pasajeros de los permitidos, entre otros;

¿Puedo contratar un mismo seguro para auto que para moto? Generalmente, en las pólizas que son contra terceros, son bastante similares las de los autos que las de las motos. Pero sin duda alguna que debe contratar de forma separada, es decir, una cobertura contratada para un auto no le va a servir para circular con su moto de ninguna manera.

En caso de accidente, ¿Debo denunciar sí o sí ante la policía? No es obligatorio que denuncie ante la policía cada vez que tiene un accidente. Sí va a ser importante que lo haga cuando en el siniestro haya personas que se encuentren lesionadas, a los fines de que las autoridades puedan constatar adecuadamente los hechos.

Sí será fundamental que denuncie ante su seguro. ¿Me hacen descuento con pago con tarjeta de débito el seguro? Algunas empresas aseguradoras en Argentina otorgan el beneficio de descuentos, bonificaciones o promociones cuando el cliente paga con tarjeta con débito automático todos los meses.

¿Cuando una aseguradora puede negarse a pagar?

Principales razones por las que una aseguradora puede negarse a pagar una indemnización – Los contratos, en muchas ocasiones, tienen letra pequeña e incluso ciertas condiciones que se prestan a libre interpretación. En esa ambigüedad se respaldan muchas compañías de seguros para negarse a pagar un siniestro que, en teoría, deberían cumplir por completo.

  1. De ahí la importancia de leer los contratos en su totalidad antes de firmarlos, preguntar cualquier duda que surja tras la lectura del mismo, y de ser necesario, buscar asesoría externa de abogados especialistas en seguros;
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Sin embargo, pese a lo anterior, es posible hacer reclamaciones cuando no se está conforme con la actuación de la compañía de seguros, pero es importante hacer este trámite de la mano de un abogado, porque será la mejor garantía para obtener la mejor defensa posible y ganar el caso. A continuación compartimos las principales razones por las que una aseguradora puede negarse a pagar la indemnización de un determinado siniestro:

  • Agravamiento en el riesgo

El agravamiento en el riesgo es cuando una situación de riesgo que está planteada en la póliza adquiere una peligrosidad mayor en comparación con lo estipulado originalmente. Un ejemplo práctico de ello es cuando una persona adquiere una cobertura de seguro para un vehículo pick-up y declara que el uso del vehículo es para el traslado de personas, pero adicionalmente también traslada materiales, lo que aumenta el riesgo. Si esa actividad no es declarada de forma explícita y ocurre un accidente durante el traslado de los materiales, la compañía de seguro puede negarse a pagar el siniestro, alegando un agravamiento en el riesgo que no estaba estipulado en el contrato.

  • Falsa declaración

Otro motivo que utilizan las compañías aseguradoras para evitar cumplir con los acuerdos previamente establecidos son las falsas declaraciones, las cuales se derivan principalmente de situaciones como las planteadas anteriormente. Cuando las precisiones son inexactas o se miente de forma deliberada, la empresa puede valerse de ello para negar el pago de una indemnización. Este tipo de situaciones es considerablemente común en las pólizas de seguro de hospitalización. En muchas ocasiones, la parte contratante obvia u omite información de enfermedades preexistentes y cuando la empresa del seguro advierte sobre esa omisión de información, simplemente, no cubre el siniestro.

  • Falta de pago de las primas

Una razón de peso por la que una aseguradora puede negarse a pagar un siniestro es por la falta de pago de las primas. Los pagos se pueden establecer en varias modalidades, y en caso de que una aseguradora no pueda confirmar el pago de una de esas cuotas, será más que suficiente para que se niegue a pagar un determinado siniestro. Pese a lo anterior, es importante destacar que los contratantes tienen un plazo de gracia que pueden hacer valer en esas circunstancias.

Sin embargo, cuando la persona no ha ocultado información y la enfermedad aparece después de haber tomado la póliza, la compañía no puede negarse a pagar la indemnización si dicha condición está cubierta.

Contar con los mejores abogados en Torreón Coahuila puede ser determinante para afrontar estas situaciones, con esas letras pequeñas de las cuales se aprovechan muchas empresas aseguradoras para negar el pago de una indemnización por un siniestro que estaba debidamente contemplado en el contrato firmado.

¿Qué cosas no cubre el seguro médico?

Siguiendo con lo que no cubre el seguro de salud, no brinda prestación en caso de que la enfermedad o accidente se haya producido por culpa de la negligencia del asegurado, debido a autolesiones o actos de carácter masoquista y suicida, o a consecuencia del consumo habitual de alcohol y drogas.

¿Que no cubre un seguro de accidentes?

¿Qué cubre un Seguro de Accidentes? – Los riesgos que cubre un seguro de accidentes son muerte accidental (en nuestros seguros también cubrimos el fallecimiento por atraco, agresión o secuestro) , invalidez temporal, invalidez permanente y total, gastos sanitarios que necesite el asegurado para curarse del accidente y repercusiones económicas que deriven del accidente.

Todo ello teniendo en cuenta los límites y condiciones marcados en la póliza. Estas suelen ser las coberturas básica, sin embargo ya existen muchos seguros, como nuestro seguro de accidentes, que incluyen otras coberturas adicionales muy necesarias.

Hablamos de coberturas como: asistencia en viaje, asistencia 24 horas, laboral y extra laboral, viajes, deportes, accidente de circulación, accidente aéreo, defensa jurídica, gastos de sepelio, etc. Si quieres ver todas las coberturas consulta nuestro seguro de accidentes.

  1. Este tipo de seguro te cubrirá si tienes un accidente, siempre y cuando el accidente no haya sido provocado de manera intencionada por ti como asegurado;
  2. Por ley, la aseguradora no está obligada a cumplir el contrato si se descubre que has provocado el accidente intencionadamente;

Tampoco se cubren lesiones derivadas de una manifestación o huelga o de un conflicto armado. Si el seguro ya a extinguido, la cobertura está suspendida por impago o el accidente ha sido previo al pago de la prima , la aseguradora tampoco se hará cargo.

¿Cuando el seguro no se hace responsable?

Pasos a seguir si mi seguro no se hace cargo del siniestro – Para reclamar si tu seguro no quiere cubrir el siniestro puedes seguir los siguientes pasos: 

  • Solicita a la aseguradora que te envíe por escrito la razón por la que no cubre el siniestro. Puede que con esta gestión se solucione todo si la negativa se debió a un error.
  • Haz una reclamación al departamento de atención al cliente o al defensor del asegurado. Es importante que solicites el número de la reclamación para poder hacer un seguimiento del trámite. La reclamación la puedes hacer por teléfono o por escrito, aunque es recomendable que sea por escrito para que dejes constancia de todas tus alegaciones y puedas presentar documentos de prueba como:
    • Copia de las reclamaciones que se hayan hecho anteriormente, si las hay.
    • Copia de informes médicos que prueben las lesiones.
    • Fotos del siniestro.
    • Atestado policial.
    • Declaraciones de testigos.
  • La reclamación la puedes enviar por correo electrónico, correo certificado o burofax. Lo más seguro es el burofax ya que queda constancia del envío, de la recepción y del contenido del documento, si solicitas una certificación de contenido.
  • En el caso en que transcurra un mes y no obtengas respuesta, puedes presentar una reclamación ante la Dirección General de Seguros. Para poder presentar la reclamación ante la Dirección General de Seguros es importante que:
    • Acredites que has realizado una queja ante el servicio de atención al cliente de la aseguradora.
    • Que te hayan denegado la admisión de la queja o que tu petición haya sido desestimada.
  • La reclamación ante la Dirección General de Seguros finaliza con un informe que se envía al reclamante y a la aseguradora, pero que no es vinculante ni se puede recurrir.
  • En el caso en que, no estés de acuerdo con la resolución de la Dirección General de Seguros o la compañía se siga negando a cubrir el siniestro, puedes acudir a los tribunales y presentar una demanda. Recuerda que en este supuesto incurrirás en costes ya que tendrás que abonar los honorarios de abogado y procurador.

Si quieres recibir más consejos sobre cómo ahorrar, no dudes en llamarnos. En Credexia estaremos encantados de orientarte. Nuestro equipo profesional está respaldado por una experiencia y un conocimiento impecables. Seguro que podemos ayudarte. No dudes en contactarnos y empezaremos juntos desde el primer momento. ¡Nosotros nos encargamos de asesorarte!.

¿Por qué los seguros no pagan?

Primas no pagadas – Rolando Talamantes detalló que no pagar la prima es otra razón alegada por las compañías para no indemnizar. Las primas deben estar al día de pago. Un olvido, un cambio de banco, un retraso en el pago son causas por las que los seguros no pagan, así que es de suma importancia el pago puntual.

¿Qué pasa si el seguro no quiere pagar?

¿Cómo se calculan los intereses por mora? – Cuando la compañía aseguradora no paga o no ofrece una indemnización, estará obligada a pagar un interés igual al interés legal del dinero en el momento del pago. Desde 2016 es del 3%, según el Banco de España.

¿Cuáles son las exclusiones?

Qué es Exclusión: – Como exclusión nos referimos a la situación de marginación o segregación que afecta a grupos específicos de la sociedad , como minorías étnicas, religiosas o raciales. La palabra proviene del latín exclusio , exclusiōnis. Exclusión significa que determinados individuos o grupos de personas tienen condiciones desiguales o desventajosas en el acceso a determinados bienes, servicios o recursos con relación a otros individuos o grupos sociales, que se encuentran en posiciones privilegiadas.

  • En la exclusión, los sujetos marginados no tienen acceso (o experimentan serias dificultades para acceder) a oportunidades laborales, formativas, culturales o políticas en la sociedad en que viven, a los servicios básicos de agua o electricidad, al sistema de salud o de protección social;

Todo esto repercute, a su vez, en una menor esperanza de obtener un buen empleo, de mejorar la situación económica o de ocupar posiciones de influencia o poder en las instituciones del Estado. La exclusión social se manifiesta en la pobreza, en los estigmas, en la discriminación, o en las condiciones desventajosas en que son obligados a vivir los individuos.

  • Así, pues, una persona excluida no puede disfrutar plenamente de su condición de ciudadano o gozar de sus derechos como tal;
  • La exclusión está enraizada muy profundamente en las sociedades, y obedece a determinados sistemas de valores y códigos según los cuales todas aquellas personas que no se ajusten a estos son rechazadas o apartadas;

La exclusión social a los individuos más vulnerables de una sociedad, así como a las minorías de todo tipo: étnicas, raciales, religiosas, nacionales, políticas, sexuales, entre muchas otras. Lo opuesto a la exclusión es la inclusión. La inclusión es la vía para superar los problemas de desigualdad que afectan a nuestras sociedades actuales.

¿Qué son las exclusiones en una póliza de seguros?

¿Cuáles son las principales exclusiones de los seguros de auto? – Hay exclusiones generalizadas y que son las que las aseguradoras tienen en la mayoría de sus contratos, estas exclusiones son comunes y debido a ellos es normal pensar que la compañía aseguradora tendrá que indemnizarlas. Estas son las exclusiones más comunes:

  • Estar bajo los efectos de algún estupefaciente: La compañía no se hará responsable de un accidente ocurrido bajo los aspectos del alcohol o alguna droga ilícita ya que no es considerado tal cual como un accidente, sino como una irresponsabilidad del asegurado.
  • Licencia de manejo vencida: Esta exclusión está descrita de manera explícita en sus condiciones. La compañías aseguradoras no cubrirán el siniestro si el conductor no cuenta con una licencia vigente. Además de que la licencia es un documento reglamentario requerido por las autoridades en caso de accidente, lo que además podría representar una multa.
  • Accidente con dolo: Esto es considerado una acción fraudulenta, y si el perito lo determina como un “accidente” con la intención de causar un daño premeditado, se anulará cualquier posibilidad de indemnización, debido a que se cataloga que el accidente fue causado con dolo.
  • No detallar exactamente las especificaciones del vehículo:Es probable que al tener premura en la elaboración de la póliza no des los detalles exactos de tu vehículo y lo describas erróneamente. Bueno en caso de que esto ocurra, las indemnizaciones y coberturas pueden ser anuladas, ya que no corresponde con el vehículo detallado en la póliza.
  • Operaciones bélicas:En caso de que el accidente ocurra durante una guerra, el vehículo sea usado para fines bélicos o el conductor se encuentre participando en una riña o motín, la aseguradora podrá negar el pago de indemnización y anular las coberturas.
  • Daños ocurridos por vehículo confiscado: Dependiendo de la compañía,en caso de que el vehículo sea asegurado por las autoridades, el seguro no se verá obligado a pagar daños derivados de la misma, sin importar que los daños se encuentren dentro de las coberturas de la póliza.
  • Vehículo con sobrecarga o exceso de ocupantes: SI tu vehículo lleva una carga excesiva a la establecida dentro del manual, es probable que presente fallas, ya que tiene un límite de peso. Los frenos se pueden ver dañados y la inestabilidad de estos aumenta considerablemente, si esto culmina en un siniestro y la aseguradora determina que el sobrepeso fue la causa, la indemnización puede ser anulada.
  • Información falsa: Si los datos proporcionados al momento de contratar la póliza, las coberturas en general pueden ser anuladas y aunque no haya sido intencional y te hayas equivocado en el llenado, esto puede anular tu póliza.
  • Violaciones de tránsito:Esto no te puede ocasionar sólo una multa, violar el reglamento de tránsito es una de las formas más comunes en las que los accidentes vehiculares ocurren, como por ejemplo, dar vuelta en “u”en un lugar no permitido, aunque muevas tu vehículo, el perito podría determinar esta causa y anular cualquier tipo de indemnización.
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Estas son exclusiones muy específicas y detalladas, sin embargo hay otros mucho más obvias, pero que vale la pena mencionar:

  • Fallas mecánicas del auto por uso
  • Desgaste natural del vehículo
  • Daños por marea
  • Transitar fuera de caminos
  • Desbielamiento por falta de mantenimiento

¿Qué se considera una enfermedad preexistente?

Se conoce como enfermedades preexistentes a aquellas dolencias, discapacidades y patologías que ha experimentado, o sigue padeciendo, una persona con anterioridad a la contratación de su seguro de salud, y sobre las que está obligado legalmente a informar a su compañía de seguros, para adaptar su protección en este sentido. En Que Casos El Seguro No Cubre Argentina En el ámbito de los seguros, se consideran enfermedades preexistentes a aquellas dolencias crónicas, patologías o discapacidades con las que ya contaba el titular de un seguro de salud con anterioridad a la contratación de su póliza. En este sentido, no se trata de un tipo de enfermedad concreto, sino de aquellas enfermedades comunes que ha experimentado la persona asegurada a lo largo de su vida, que han sido convenientemente diagnosticadas por un profesional médico acreditado , y que o bien manifiestan todavía sus síntomas o pueden implicar una mayor predisposición a que se vuelva a reproducir en el futuro.

¿Qué se considera accidente en un seguro de accidente?

Si hablamos de accidente a efectos de un seguro de accidentes, es el daño corporal que se produce por una causa súbita, externa, violenta y sin intencionalidad por parte del asegurado y que produce invalidez temporal, permanente o muerte, siempre determinando el diferente alcance de las coberturas en cada póliza.

¿Cómo funciona el seguro de accidentes?

¿Qué cubre un seguro de accidentes? – El seguro de accidentes cubre principalmente los daños corporales que sufra el asegurado a raíz de haber tenido un accidente independientemente de que se haya producido en su vida privada o mientras se encontrara realizando alguna actividad profesional.

Dentro de la cobertura del seguro de accidentes podemos encontrar la muerte, repercusiones económicas y la invalidez permanente y absoluta. Siembre tiene que haber una causa y un efecto por lo que la relación de causalidad es uno de los elementos que tiene que haber para que el seguro de Accidentes se active.

Esta causa se recoge dentro de la Ley del Contrato del Seguro. Es ahí donde se especifican las características para concurrir en el suceso para que sea entendido por la asegurada como un accidente susceptible de indemnización.

¿Qué cubren los seguros de daños?

Los seguros de Daños protegen el patrimonio o negocio de los asegurados contra daños sufridos por los riesgos a los que están expuestos los bienes materiales, así como las pérdidas consecuenciales ocurridas a raíz de los daños amparados al verificarse la eventualidad prevista en el contrato.

¿Qué pasa si el seguro rechaza el siniestro?

Si TU aseguradora rechazo el siniestro, tenés que consultar urgente con un abogado. En esta situacion si recibís un reclamo, tu aseguradora no te va a representar, y si sufriste daños en tu vehículo que deba cubrirte, no te pagará indemnizaicón alguna si no efectuás el reclamo correspondiente.

¿Cómo investigan los seguros?

¿Cuándo es nulo el contrato de seguro?

El contrato de seguro será nulo si en el momento de su celebración hubiera desaparecido el riesgo o el siniestro ya se hubiere producido, salvo que ninguna de las partes conozca estas circunstancias y el contrato comprenda un período anterior a su celebración.

¿Cuánto tiempo tienen las compañías de seguros para pagar?

Qué dice la ley sobre el plazo que tienen las aseguradoras para pagarte la indemnización – Nuestros seguros de hogar están hechos para hacerte la vida un poco más fácil. Cuando sufres un siniestro en tu casa, no quieres estar esperando mucho tiempo para recibir la compensación correspondiente.

  1. De ahí que intentemos ajustarnos a los plazos legales de pago todo lo posible;
  2. Lo que dice la legislación sobre cuánto tiempo tiene una aseguradora para responder, es que el plazo es de 40 días desde que la entidad tiene conocimiento del siniestro;

Según la Ley del Contrato de Seguro , dentro de este período la aseguradora debe abonar a su cliente el pago del importe mínimo que le corresponda , según las circunstancias conocidas. Cuando sea posible, y si el asegurado lo acepta, se puede sustituir la indemnización por la reparación del objeto afectado o por su reposición.

La ley hace referencia a la obligación de abonar en un plazo de 40 días el “importe mínimo” al que el asegurado tiene derecho. No especifica que dentro de ese tiempo deba pagarse el total de la indemnización.

Por eso, no es extraño que algunas aseguradoras, para ajustarse al máximo a la legalidad, paguen dentro de ese plazo dicha cantidad mínima y abonen el resto más tarde. No obstante, esta circunstancia también está prevista en la Ley de Contrato de Seguro.

  • Según el apartado 3 del artículo 20, se entenderá que la aseguradora incurre en mora si no ha cumplido con su obligación pasados tres meses desde que se produjo el siniestro;
  • Resumiendo la cuestión de cuánto tiempo puede tardar un seguro en pagar la indemnización, la aseguradora tiene un plazo de 40 días desde que le comunicas el siniestro para abonar el importe mínimo estipulado;

Y dispone, además, de un plazo de tres meses desde que se materializa el riesgo asegurado para pagar la totalidad de la compensación que te corresponda.

¿Cuánto tiempo tiene la compañía de seguros para responder?

Plazo legal El tiempo que una Aseguradora tiene para responder a nuestra reclamación es de 3 meses desde que la ha recibido.

¿Cómo demandar a una aseguradora por incumplimiento?

Lamentablemente los conflictos con las aseguradoras son más comunes de lo que creemos, cuando surgen, los usuarios suelen desconocer los modos de acción para realizar una reclamación y obtener el pago justo, por el que pagamos. Antes de solicitar la ayuda de un abogado de seguros , hay algunas acciones que usted puede emprender para obtener su pago. Ante esto, las primeras medidas para hacer la reclamación son:

  • El mediador o agente de seguros.

Lo primero que debemos hacer ante un conflicto con la aseguradora es acudir con nuestro agente de seguros, que es la persona que conoce la situación a detalle y el más adecuado para ayudarnos.

  • El área de atención al cliente de la aseguradora.

En caso de no poder contactar a nuestro agente de seguros, podemos acudir directamente al área de atención a clientes de la aseguradora para plantear nuestro problema o la queja por el servicio obtenido.

  • La asociación de defensa de consumidor

En México es la Condusef, que sirve como mediadora entre aseguradora y cliente, quien puede ayudarnos a realizar la reclamación correspondiente; es necesario formular un escrito donde se detallen las circunstancias y se adjunten copias de las pruebas con que contemos (nunca dar documentos originales). La Condusef es una vía no judicial, pero que brinda asesoría en la resolución de conflictos con aseguradoras de forma económica; suele ser la opción más recurrida pues no implica los costos que conlleva una demanda, sin embargo esta entidad no cuenta con la autoridad oficial para obligar a una aseguradora a realizar el pago.

  1. ¡Contáctenos! La relación con nuestra aseguradora suele ir muy bien mientras pagamos nuestras cuotas mensuales puntualmente; los conflictos suelen comenzar cuando surge un siniestro y la aseguradora manifiesta una opinión o actitud con la que no estamos de acuerdo como no llegar a tiempo a la valoración del siniestro, un avalúo de daños de menor costo que lo que pagamos por la reparación del siniestro o la negativa total del pago;

Si pasados seis meses desde la presentación del escrito no ha obtenido respuesta, se recomienda proceder a la vía jurídica.

  • Un escrito hacia la sucursal principal de la aseguradora donde informemos a detalle todos los hechos.

Con la ayuda de la Condusef podrá acercarse a la dirección general de la aseguradora, donde su queja debe ser escuchada y solucionada de la mejor manera, pues su compromiso es el cumplimiento con sus obligaciones y la protección hacia el cliente.

  • Vía jurídica mediante una demanda penal.

Si la problemática no se ha resuelto por ninguno de los puntos mencionados arriba, podemos proceder a los tribunales de justicia para la resolución del conflicto, a menos que se pueda llegar a un acuerdo con la aseguradora, el juez puede obligarla a realizar el pago correspondiente. ¡Contáctenos! Es muy importante recibir la asesoría correspondiente y oportuna para poder obtener el pago justo, evitando dejar pasar demasiado tiempo, de lo contrario la demanda podría ser improcedente. Existen diferentes vías de reclamación a la aseguradora, si bien la mayoría de los usuarios prefieren evitar los juzgados esta suele ser la vía más práctica y justa.

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